miércoles, 13 de enero de 2016

EL JUICIO DEL CASO NÓOS, LA DOCTRINA BOTÍN Y LA INCULPACIÓN DE LA INFANTA

 ¿Vergüenza?, lo vamos a ver y veremos si la corrupción llega a ser tan descarada dentro de la justicia de nuestro País:
Según la tercera acepción de la palabra doctrina del diccionario de la Real Academia de la Lengua, “doctrina” es el: Conjunto de ideas u opiniones religiosas, filosóficas, políticas, etc., sustentadas por una persona o grupo. En éste caso, del Tribunal Supremo.
Recordemos que somos un país de “derecho positivo escrito” no uno anglosajón que siguen el método jurisprudencial de casos, el denominado Case-Law Method.

Lo anterior, quiere decir que, con arreglo al artículo 1.1 del Código Civil, las fuentes del ordenamiento jurídico español son: la Ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. Esas, son las fuentes directas a las que deben adaptarse los Jueces y Tribunales en su actividad, así como a la Constitución, tal y como señala expresamente el artículo 5.1 de la LOPJ (Ley Orgánica del Poder Judicial). Hay que precisar, además, que los Jueces deben adaptarse, sí, a la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Pero “No”, en cambio, a la del Tribunal Supremo, la cual tan sólo es un “complemento” interpretativo de la Ley, lo que se recoge en el número 6 del artículo 1 de la Constitución.


Las defensas de Urdangarin y de la Princesa, abundarán hasta la náusea en que la doctrina del TS en el caso Botín es la que debe prevalecer para expulsar del procedimiento a la acusación popular, en detrimento de la doctrina Atucha que rectificó aquella patológica doctrina “Botin” que defendía obscenamente el poder de un hombre de riqueza sin igual contra que el pueblo pudiese acusar. También el TS creo el “engendro” de la Doctrina Parot, que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo declaró contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Las “Doctrinas” siempre son peligrosas en los estados corruptos cuando la justicia se encuentra politizada, porque entonces el Poder Judicial se convierte en un apéndice más del Poder Ejecutivo y la separación de poderes se confunde hasta desvirtuar la justicia a extremos irreconocibles, lo que sucedió con la doctrina Parot, o con la doctrina Botín.

Dice el artículo 125 de la Constitución, que los ciudadanos podrán ejercer la acción popular. Y dice bien la Constitución, porque como podemos observar, ni la Fiscalía, ni la Abogacía del Estado, en vez de buscar la defensa del interés general y defender la legalidad, parecen poderes que se pliegan dócilmente, quizás servilmente a las instrucciones políticas de sus respectivas cadenas de mando, y no ven reproche penal alguno en la conducta de la Princesa y en defensa general de la Monarquía. Sólo mediante una acción popular, puede el pueblo, prevenir situaciones como a la que asistimos, en las que quienes debieran velar por la justicia parecen convertirse en los Abogados defensores de los presuntos delincuentes, a la sazón, la Princesa o consorte del Sr Urdangarin.

Veremos la dinámica de las presiones políticas y la independencia real del poder judicial. No cabe duda a cualquier persona que haya asistido a este caso, que la Princesa tenía necesaria participación en este festín en el que consiste éste vergonzoso caso, uno más hay que añadir. Parecen muy consistentes las pruebas que Diego Torres aporta, y no es difícil concluir, que la Monarquía era parte de este monstruoso espectáculo de corrupción, robo a gran escala y depredación del pueblo por este grupo de personas ávidas de dinero y buena vida a costa de todos los demás ciudadanos. En un pueblo normal, esto sería suficiente para cambiar de modelo, por una República y, por muchísimo menos, Amadeo de Saboya renunció por sí y por su descendencia a ser Rey de España. No nos merecemos esta cleptocracia la cual nos desposee o despoja de recursos muy necesarios que podrían llegar a las pensiones míseras de los mayores, a los subsidios míseros de nuestros ciudadanos, a la salud, a las escuelas o a que no echen a las personas de sus casa, y que en buena medida todo ello deriva de un estado de cosas, que hoy se juzga. Es sólo una pequeña fracción de lo que existe, pero es una fracción significativa de cómo funciona esta cosa llamada España.


Articulo escrito por CHELO TOSCANA

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